El reglamento europeo de inteligencia artificial no entró en vigor de golpe: se aplica por tramos desde 2024. El tramo que empezó el 2 de agosto de 2026 es el que más se va a notar en el uso cotidiano, porque es el de la transparencia.
El calendario, con las fechas oficiales
| Fecha | Qué empieza a aplicarse |
|---|---|
| 1 de agosto de 2024 | Entrada en vigor del reglamento |
| 2 de febrero de 2025 | Prácticas de IA prohibidas y obligaciones de alfabetización |
| 2 de agosto de 2025 | Gobernanza y obligaciones para modelos de propósito general |
| 2 de agosto de 2026 | Aplicación general y normas de transparencia |
| 2 de diciembre de 2027 | Sistemas de alto riesgo en ámbitos determinados |
| 2 de agosto de 2028 | IA integrada en productos ya regulados |
Las fechas están tomadas de la propia Comisión Europea, que mantiene publicado el calendario de aplicación. Es la fuente que conviene consultar antes que cualquier resumen, incluido este.
Qué obliga la transparencia
El artículo 50 se ocupa de una idea sencilla: una persona tiene derecho a saber cuándo está tratando con una máquina o mirando contenido fabricado por una. De ahí salen tres obligaciones distintas que se confunden a menudo.
1. Sistemas que hablan con personas
Un chatbot, un asistente telefónico o un formulario conversacional deben dejar claro que no hay una persona al otro lado. No hace falta un aviso legal de tres párrafos: hace falta que se entienda, y a tiempo.
2. Contenido sintético identificable
El contenido generado o manipulado artificialmente —texto, imagen, audio, vídeo— debe poder identificarse como tal por medios técnicos, en un formato legible por máquinas. Es la parte que empuja al sector hacia las marcas de agua y los metadatos de procedencia.
3. Ultrafalsificaciones y textos informativos
Cuando una imagen o un vídeo aparentan mostrar hechos o personas reales sin serlo, hay que revelarlo. Lo mismo se aplica al texto publicado para informar al público sobre asuntos de interés general si no ha pasado por revisión humana con responsabilidad editorial.
El matiz de la revisión editorial
Ese último punto es el que afecta a los medios. Un texto elaborado con ayuda de IA y revisado y firmado por una redacción que responde de él no se trata igual que un texto publicado en automático. En El Blog de IA lo explicamos en nuestra política editorial: cada artículo tiene una persona detrás que responde de lo que dice.
A quién afecta de verdad
Aquí es donde se acumulan los malentendidos. El reglamento reparte obligaciones por papel, no por tamaño:
- Proveedor: quien desarrolla un sistema y lo pone en el mercado con su nombre. Es quien carga con la mayor parte.
- Responsable del despliegue: quien lo usa bajo su autoridad en un contexto profesional. Tiene obligaciones más ligeras, pero las tiene.
- Importador y distribuidor: quien lo trae al mercado europeo o lo comercializa.
Una pyme que usa un asistente para redactar borradores internos es, en la práctica, responsable del despliegue de una herramienta ajena. Esa misma pyme que pone un chatbot a atender a sus clientes o que publica contenido sintético sin identificarlo sí entra de lleno en el terreno de la transparencia.
Qué conviene hacer ahora
- Inventariar: qué herramientas de IA se usan, quién las usa y para qué. Sin esa lista no se puede evaluar nada.
- Revisar los puntos de contacto con el cliente: chatbots, respuestas automáticas, atención telefónica. Ahí es donde aparece la obligación de avisar.
- Etiquetar el contenido sintético que se publique, y dejarlo por escrito en una política pública.
- Formar al equipo: la obligación de alfabetización en IA se aplica desde febrero de 2025 y sigue siendo la más ignorada.
- Guardar rastro: qué se generó, con qué herramienta y quién lo revisó.
En corto
Desde agosto de 2026 hay que avisar cuando habla una máquina y hay que poder identificar el contenido sintético. Lo pesado —los sistemas de alto riesgo— llega en diciembre de 2027. Quien use IA para trabajar con clientes tiene deberes ya.
Si estás montando procesos con IA dentro de una empresa, en herramientas de IA para empresas explicamos por dónde empezar sin comprar diez licencias que nadie va a usar.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo hay que avisar de que un texto lo ha escrito una IA?
Las obligaciones de transparencia del artículo 50 se aplican desde el 2 de agosto de 2026. Afectan a los sistemas que interactúan con personas y al contenido sintético, que debe poder identificarse como generado o manipulado artificialmente.
¿Afecta a una empresa pequeña que usa ChatGPT?
Depende del uso. Usar un asistente internamente no convierte a la empresa en proveedora de un sistema de IA. Ponerlo a hablar con clientes o publicar contenido sintético sin identificarlo sí entra en el ámbito de las obligaciones de transparencia.
¿Qué queda por entrar en vigor?
Las normas para los sistemas de alto riesgo en ámbitos como biometría, infraestructuras críticas, educación, empleo o migración se aplican desde el 2 de diciembre de 2027, y las de los sistemas integrados en productos regulados, desde el 2 de agosto de 2028.
Mientras Europa aplica su reglamento, en Estados Unidos el debate va por otro lado: los políticos piden a las empresas que dejen de alarmar y hagan más. Lo contamos en los peligros de la inteligencia artificial y el hartazgo de Washington.
Fuentes
- Comisión Europea: marco regulador de la IA y calendario de aplicación
- EUR-Lex: normas para una inteligencia artificial fiable en la UE
Para profundizar
- La ley de IA para autónomos y pymes
- Suecia bloquea ChatGPT y Claude
- Gemini y los derechos de autor
- Anthropic paró el entrenamiento
- OpenAI entrenará sin internet